Solicitud de abono de atrasos para el personal docente de centros privados concertados en pago delegado. - GVA.ES
Solicitud de abono de atrasos para el personal docente de centros privados concertados en pago delegado.
Conselleria de Educación, Universidades y Empleo
Desde 06-02-2017
Hasta 06-02-2050
Qué es
Solicitar los atrasos no percibidos como consecuencia de la minoración salarial de diciembre de 2012 y/o por trienios, trienios de cargo, complementos de cargo y/o complemento de antigüedad en el periodo comprendido entre enero de 2009 y diciembre de 2013, como consecuencia de la aplicación...
- Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (DOGV nº 236, de 02/10/2016).
A quién va dirigido
Personal docente de centros privados concertados que en el momento del abono de los atrasos no estuvieran de alta en nómina de pago delegado.
Cómo se tramita
El solicitante puede tramitar su solicitud de alguna de las tres formas indicadas a continuación. En el primer caso, el trámite será completamente telemático.
1.- Con certificado digital
El solicitante debe rellenar con sus datos el modelo de instancia telemática, disponible en la dirección establecida al efecto y seleccionar la opción u opciones de abono de las cuantías correspondientes a las diferencias de homologación retributiva de diciembre de 2012 y/o los atrasos generados por las actualizaciones de los conceptos indicados en la solicitud, según la situación en que se encuentre.
Una vez rellenada y enviada telemáticamente al Registro Electrónico de la Generalitat, quedará registrada, emitiéndose el correspondiente justificante acreditativo de su presentación.
El procedimiento finaliza con la notificación al solicitante de la Resolución estimatoria o desestimatoria de su petición, en el domicilio o en la dirección de correo electrónico indicados en la solicitud.
2.- Sin certificado digital
El solicitante puede rellenar con sus datos la solicitud que se ha indicado en el apartado anterior a través del enlace web establecido al efecto, e imprimirla y presentarla en soporte papel en los Registros de los órganos de la Generalitat, de la Administración General del Estado o de las comunidades Autónomas, en las oficinas de Correos, o en las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero. Y preferiblemente en:
* REGISTRO DE LA CONSELLERIA DE EDUCACIÓN, INVESTIGACIÓN, CULTURA Y DEPORTE DE VALÈNCIA
Av. Campanar, 32, 46015 - València
Telf.: 961970062
* REGISTRO DE LA DIRECCIÓN TERRITORIAL DE EDUCACIÓN, INVESTIGACIÓN, CULTURA Y DEPORTE DE CASTELLÓN DE LA PLANA
Av. del Mar, 23, 12003 - Castellón de la Plana
Telf.: 012
* REGISTRO DE LA DIRECCIÓN TERRITORIAL DE EDUCACIÓN, INVESTIGACIÓN, CULTURA Y DEPORTE DE ALICANTE
C/ Carratalá, 47, 03007 - Alicante
Telf.: 012
* REGISTRO DE LA DIRECCIÓN TERRITORIAL DE EDUCACIÓN, INVESTIGACIÓN, CULTURA Y DEPORTE DE VALÈNCIA
C/ Gregorio Gea, 14, 46009 - València
Telf.: 012
El procedimiento finaliza conforme se ha indicado en el apartado anterior.
3.- Mediante registro de entrada en soporte papel
El solicitante puede presentar una instancia en soporte papel, en alguno de los Registros ya mencionados, a excepción del Registro Electrónico de la Generalitat.
Para poder tramitar dicha solicitud, los datos imprescindibles que deben costar son NIF, nombre y apellidos, IBAN, teléfono y dirección de contacto. El procedimiento finaliza en los términos ya expresados.
46015 - València/Valencia
Solicitud
Se puede realizar en cualquier momento, hasta la finalización del plazo legalmente establecido de prescripción de las obligaciones de la Hacienda Pública de la Generalitat.
Resolución
46015 - València/Valencia
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